Alicante a 05 de Noviembre de 2012
NOTA
INFORMATIVA
Secretaría
del Comité
Como todos sabéis, la empresa
convocó inicialmente la semana comprendida entre el 29 de octubre y el 4 de
noviembre como de Expediente de Regulación de Empleo. Posteriormente se eliminaron
el primer y el último día, es decir el Lunes 29/10 y el Domingo 4/11,
comunicándose en la reunión de la comisión de seguimiento del expediente que se
celebró el día 26/10/12.
Por otro lado durante la tarde
del lunes 29/10 se nos comunicó por parte de la Dirección, así como al resto de
las personas afectadas por el cambio, que también se eliminaba el martes 30/10
de los días convocados para ese periodo de ERE.
A partir de ese momento
recibimos multitud de comunicaciones en el Comité por varias vías, teléfono,
internet, etc. Quejándose de que la empresa no había respetado las 48 horas de
antelación a la hora de avisar de la retirada del día de ERE, y que eso
afectaba en mayor o menor medida a las personas que nos estaban planteando sus
quejas.
Desde el Comité de Empresa
respetamos como siempre hemos hecho la legalidad vigente, y para nosotros los
acuerdos a los que llegamos con la Dirección son para cumplirlos (cuestión esta
que a la inversa no siempre se produce, y cuando ocurre lo denunciamos, como ya
ha sido el caso del aviso con quince días de antelación de un periodo de
expediente), pero seamos todos conscientes que eliminar un día de ERE con menos de 48 horas de antelación no es ilegal,
ni va en contra del acuerdo que tenemos firmado en este expediente.
Cuando se especifica por la
empresa un día de ERE, tenemos una clausula que dice que hay que avisar a los
trabajadores que tienen que venir a trabajar con un mínimo de 48 horas de
antelación. El caso que hemos tenido el día 5 y que es posible que volvamos a
tener es diferente, ya que la eliminación de un día completo de ERE revierte
ese día a uno normal de trabajo, y por lo tanto no hay que realizar ese aviso.
Todos tenemos que tener claro
que un día de expediente de regulación de empleo temporal es una jornada
laboral en la que causamos baja en la empresa, y pasamos a la situación de desempleo. La ley es muy escueta en
estos casos, y no pone ninguna traba a la hora de eliminar los días previamente
fijados, lo único que puede operar en estos casos es el sentido común de que no
me avisen con menos tiempo del que necesito para venir a trabajar. Tampoco hay
trabas a la hora de que vengan a trabajar en un día de ERE más o menos
personal, es decisión de la empresa según sus volúmenes de producción,
organización, etc.
No obstante creemos que hay que
recalcar que nuestro objetivo ha sido siempre y es la eliminación del
expediente de regulación de Empleo cuando sea posible por volúmenes de
producción, y el poner trabas a venir a trabajar con la excepción de las
huelgas legales, está muy lejos de la voluntad de este Comité y por supuesto
del grueso de la plantilla.
Aunque no por todo esto vamos a
dejar de criticar la falta de planificación que nos parece que adolece nuestro
centro de trabajo, cuyo día a día vemos todos y esta retirada sorpresiva de un
día de ERE con 14 horas de antelación es un ejemplo más de esa falta de
planificación y coordinación que nos resulta tan gravosa a todos y que la
empresa pensamos debe solucionar de una vez por todas. Añadido a esto, hay
varias personas que no vinieron a trabajar el día 30/10 por la simple razón de
que no se les comunicó que tenían que hacerlo (la empresa no los pudo localizar
para indicarles que se había eliminado el día de ERE), y desde el Comité entendemos
que al ser responsabilidad de la mercantil, es esta la que tiene que asumir el
problema, y no los trabajadores afectados.